Las éticas públicas pertenecen al mundo de las llamadas éticas aplicadas y están presentes en el contexto de la Republica Dominicana.
Hablar de éticas públicas en el contexto del Estado Dominicano implica ubicarlas primero dentro del concepto de Estado. Su aparición moderna en el siglo XX en calidad de éticas aplicadas significó un salto cualitativo dentro del marco de la historia.
El medioevo nos deja por herencia una visión de estado divinizado, donde la razón eclesiástica era la norma y el secreto de estado y de iglesia las pautas, la arcana imperii y la arcana eclesiae marcaban el ritmo de la política que colocaba los saberes y secretos de manera exclusiva en manos de los gobernantes.
“La aparición del Estado en los albores del siglo XVI y su posterior fortalecimiento en los siglos subsiguientes rompen esta confusión entre misterios políticos y misterios religiosos. Los secretos del Estado dejan de ser fragmentos sueltos de información y saber y se convierten en partes articuladas de una racionalidad propia de la política de las nuevas realidades estatales” Zepeda (2004:18)
Esta visión originaria del Estado tuvo su sello de emisión en la persona de Maquiavelo con su impronta de un Estado con intereses propios y orientados hacia la conquista o la preservación del poder. “En el horizonte de la razón de Estado, el fin siempre justifica los medios. Actos de los individuos como la traición, el engaño o el crimen pueden ser juzgados como malos o inmorales bajo esquemas éticos o religiosos, adquieren aceptación o incluso encomio si son puestos al servicio de la acción política. Por ejemplo todos los sistemas éticos razonables prohiben matar al prójimo, pero el político debe aprender a usar la guerra o el asesinato cuando la necesidad de Estado lo imponga” Zepeda: (2004:19)
Bajo esta perspectiva heredamos una razón de Estado alejada de una propuesta ética en tanto posiciona en manos del soberano el poder y las herramientas contrarias a la moral si fueran necesarias de usar con tal de conquistar o mantener el poder. El antiguo arcana imperii o secreto de Estado que del medioevo llego por vía de la iglesia y el reconocimiento del poder en Dios pasa a manos de los hombres absolutizando los poderes en el Soberano o mandatario. Ahora los secretos de Estado entran en la dinámica misma del control del poder.
La razón de Estado y la razón Moral entran en contradicción por definición al declararse prioridad los intereses del Estado que caen bajo el manejo personal de los que mandan. Es una referencia obligada a la propuesta Platónica en la Republica de los que nacen para mandar y los que nacen para obedecer, con la diferencia de que la fundamentación ahora no es heterónoma-religiosa sino autónoma-secular.
Empieza el distanciamiento de las propuestas morales, se centraliza el poder no solo en unas manos sino que se oficializan todas las formas negadoras de la ética al validar la mentira , la traición, el secreto como norma situando los argumentos estatales como el soporte de la razón de Estado.
Estos antecedentes son el contrapeso histórico que obstaculizan la concretización moderna para la construcción de un Estado de Derecho fundamentado en el imperio de la ley y consecuentemente en una fundamentación de carácter moral negadora de los planteos provenientes de la edad media.
Es en ese contexto que el Estado moderno, el dominicano se plantea el Estado de Derecho y que desde la perspectiva de este articulo pregunta por el fundamento ético a partir de una de las leyes ejes de la transparencia como lo es el acceso a la información pública.
Las éticas Públicas en Dominicana.
Por largo tiempo nos hemos estado moviendo en una visión estrecha de lo ético y lo moral al querer situarla en el ámbito de la política, de lo público y hemos extrapolado visiones individualistas de las mismas haciendo un reduccionismo que termina en reconocer como tal a las conductas buenas o corteses de los servidores públicos.
Sin lugar a dudas este ha sido un paso de avance significativo, ya que de una razón de Estado absolutista de los siglos XVI y XVII que descartaba el pluralismo, con un fundamento Hobbesiano que lo justificaba como argumento para evitar el caos, pasamos en nuestro contexto a liberalizar el pensamiento ético de lo público atendiendo a la proposición de normas preestablecidas dirigidas a modelar comportamientos morales en la administración publica, aunque situada en las responsabilidades personales, mas bien referido al mundo relacional, al trato, al servicio al cliente.
Con el surgimiento de las denominadas éticas aplicadas en la década de los 90 surge una nueva connotación de lo que hoy reconocemos como éticas públicas y que se define como una reflexión filosófica desde el ámbito de la moral de hechos realizados en el espacio de lo público o de lo privado. Parte de los hechos, de las situaciones de hecho para poder dimensionar su estatura moral.
Una definición apropiada de la misma es aquella que nos señala: “Cuando se habla de ética pública se refiere sencillamente a la ética aplicada y puesta en práctica en los asuntos de gobierno. Es la ética aplicada en los servidores públicos, entendiendo por éstos aquéllas personas que ocupan un cargo público ya sea por elección, oposición u otra medio, y que tienen una responsabilidad ante el Estado. Dichas responsabilidades se traducen en actos concretos orientados hacía el interés común y/o de la ciudadanía. La ética pública se refiere entonces a los actos humanos en tanto que son realizados por gobernantes y funcionarios públicos en el cumplimiento del deber” 24-7-10.http://www.dilemata.net/index.php/Etica-publica-y-buen-gobierno/introducci-la-ica-pca.html.
A partir de estos conceptos nos queda por definir cuáles son esos “actos humanos” de gobernantes y gobernados, haciendo la salvedad de que debemos superar las visiones individualistas que sitúan el acto moral solamente en la persona (el servidor) descuidando la dinámica de las estructuras, el entrecruzamiento de intereses de los sectores públicos y privados, entre otros.
Cuando la definición se refiere a “el cumplimiento del deber” y “actos concretos orientados hacia el interés común”, nos da dos pautas valiosas porque vincula ahora lo personal con lo colectivo: el deber y el bien común, abriendo nuevas pistas a la argumentación moral de lo público
Los estados han estado preocupados por moralizar sus estructuras o en otros casos por buscar sujetos morales que ocupen la administración pública, pero la queja sigue siendo la misma cuando al cabo del tiempo estos terminan corrompiéndose y sigue permaneciendo la duda de si no existen per se los sujetos morales o si las tentaciones de la estructura los pervierten. Ya esto lo hizo Diógenes en Grecia al despreciar las bonanzas de la vida y cuestionar si existía la honestidad, tanto que empezó a deambular por las calles “buscando a hombres honestos” y concluyo diciendo que solo había encontrado escombros.
Probablemente el abordaje ético todavía ha sido deficiente, ya que se ha tenido claro el objetivo pero no el método. Ha sido una constante intentar logros morales a partir de la predica continua para que los servidores hagan las cosas bien y la queja común de no lograrlo. Estas son las intenciones moralizantes.
La otra ha sido de considerar y clasificar a las personas en: serias (o morales) y su opuesto no-morales o inmorales, levantándose las banderas de nombres específicos a cargos determinados (ya paso en la década de los 70 cuando el pueblo pedía que las monjas volvieran a administrar los hospitales “porque ellas no roban”). Vuelve a dimensionarse a predestinados.
El otro instrumento que posteriormente predomino y fue otro avance fueron los mal llamados códigos de ética del servidor público, mal denominados, desde mi perspectiva, porque en realidad son mas bien códigos de estética ya que se centraban en pautas de conducta que si bien admitimos que no son malos consejeros, también debemos afirmar que andan alejados de la promoción de la ética como la forjadora de hábitos y costumbres buenas en el ámbito de la construcción de la justicia, orientándose mas bien hacia la conformación de comportamientos corteses y al desarrollo de modelos implantados en la categoría de servicio al cliente.
Mas cercano a estos días los códigos fueron integrados a la ley, como en nuestro caso en la ley de la función pública y entonces se liga lo moral con lo legal, de tal manera, que termina imponiendo sanciones por grados a quienes violen el régimen ético del servidor público. La ética pasa de su escenario propositivo al punitivo. Los códigos son respuestas únicas a realidades múltiples. El paso de sociedades de código moral y social único a sociedades plurales quedan mal respondidas desde estos espacios ya que se superan las realidades dilemáticas y surgen las problemáticas o de cursos de acción múltiples.
Los riesgos de estos desfases está en que al continuar predicando dichos códigos se produzcan modelos de catequesis moral, tan moralizantes como las charlas de inducción al buen comportamiento o la búsqueda de servidores honestos.
Siendo la realidad plural sus problemas lo son también y las respuestas desde códigos obligan a interpretaciones más administrativas que morales y a respuestas mas testamentarias que plurales lo que ha llevado a reducir la visión e idea de construir una moral publica
Tenemos todas las piezas del rompecabezas pero dispersas en la común tarea de construir una moral de la administración pública que lleve a funcionarios buenos en estructuras justas y esto es tarea de las éticas publicas donde interactúan diversos sectores que dialogan entre si a través de las leyes, las normativas y las intenciones.
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